viernes, 29 de enero de 2016

El Gobierno aprueba el estatuto de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación


El Consejo de Ministros aprobó el 11 de diciembre el Real Decreto por el que se aprueban los estatutos del organismo autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA). Con esta medida se modifica el estatus jurídico de la Agencia Nacional que pasa de ser una fundación del sector público a un organismo autónomo de la Administración, manteniendo su adscripción al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ANECA mantiene su objetivo de garantizar la calidad en la enseñanza superior, y muy particularmente de las universidades españolas, tanto en el contexto nacional como en el internacional e incorpora entre sus funciones las que venía desempeñando la CNEAI en materia de evalaución de la actividad investigadora.

El Ministerio destaca el compromiso de independencia funcional de ANECA y el cumplimiento de los Criterios y Directrices para la Garantía de Calildad del Espacio Europeo de Educación Superior como condición necesaria para ser miembro de pleno derecho de la Asociación Europea de Agencias de Calidad, ENQA y del Registro Europeo de Agencias, EQAR.

El comienzo de actividades del Organismo Autónomo ANECA se producirá el 1 de enero de 2016.

Más información: http://www.mecd.gob.es/prensa-mecd/actualidad/2015/12/20151211-aneca.html

Esto afecta sólo, y de momento, al programa ACADEMIA (Programa de Acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios ).

Tras la entrada en vigor, el 1 de enero de 2016, del Real Decreto por el que se aprueba el estatuto del organismo autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), el nuevo procedimiento de acreditación, regulado por el RD 415/2015, se iniciará en los primeros meses de 2016, una vez constituidas las nuevas comisiones de evaluación según lo dispuesto en el mismo y establecidos por éstas los criterios correspondientes. La fecha concreta de su entrada en funcionamiento viene condicionada por los trámites y plazos que el RD 415/2015 establece y no puede precisarse en tanto no se hayan cumplimentado.

Las solicitudes presentadas antes del 31 de diciembre de 2015 se tramitarán de acuerdo con lo previsto en la redacción inicial del Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre.

Quienes hubieran presentado solicitud antes del 31 de diciembre de 2015 y ésta no hubiese entrado todavía en fase resolutiva podrán desistir del procedimiento y formalizar una nueva solicitud con arreglo a las innovaciones que el Real decreto 415/2015, de 29 de mayo, introduce.

Los restantes programas de evaluación de profesorado desarrollados por la ANECA no sufren ninguna modificación y continúan abiertos.